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Una de las funciones que tiene asignada el Comité Econòmic i Social, según se prevé en el artículo 4 de la Ley 1/2014, de 28 de febrero, de la Generalitat, del Comité Econòmic i Social de la Comunitat Valenciana, es la de emitir dictamen con carácter previo, preceptivo y no vinculante sobre anteproyectos de ley de la Generalitat sobre materias especificadas en este precepto.

En la Memoria de Actividades de 1997 se empezó con la iniciativa de efectuar un estudio comparativo entre los Dictámenes emitidos por el Comité Económico y Social de la Comunitat Valenciana y las Leyes de la Generalitat Valenciana, para así poder comprobar como los dictámenes del CES eran tenidos en cuenta a la hora de convertir los Anteproyectos de Ley en Proyectos de Ley.

En el año 2000, desde el Comité, se realizó una publicación monográfica que incluía la relación de los dictámenes e informes emitidos por el CES CV en los años 1995, 1996, 1997, 1998 y 1999, en el que se incluyó por primera vez en esta institución el estudio comparativo de la incidencia de los dictámenes del Comité en las leyes de la Generalitat Valenciana.

En la sesión plenaria del CES CV, celebrada en fecha 6 de mayo de 2022, el Comité aprobó el Plan Estratégico del Comité Econòmic i Social de la Comunitat Valenciana, que, con el fin de concretar las medidas a adoptar para incrementar su utilidad y eficacia, en el cumplimiento de sus cometidos, se adopta una estructura basada en ejes fundamentales, objetivos y acciones a ejecutar.

En este sentido, en el eje estratégico 1, “potenciar la utilidad del Comité como órgano consultivo del Consell y de las instituciones públicas valencianas”, se contempla el objetivo 1, relativo al incremento del impacto de los dictámenes en la legislación de la Comunitat Valenciana y como acción 1.2, la de solicitar respuesta fundamentada a la Conselleria solicitante del dictamen sobre la aceptación o no de las propuestas contenidas en el mismo.

Con el objeto de cumplir el objetivo mencionado, se preparó una plantilla sobre los dictámenes del Comité para solicitar respuesta fundamentada del dictamen sobre la aceptación o no de las propuestas contenidas en el mismo, que se acompaña como Anexo, aunque no siempre se ha obtenido respuesta sobre ella.